En virtud del Decreto 1024/2024 del Poder Ejecutivo Nacional que modifica la reglamentación de la Ley Nacional N° 17.565, permitiendo la comercialización de medicamentos de venta libre en establecimientos no habilitados y en las góndolas de farmacias sin la intervención de el/la profesional farmacéutico/a.
EL HONORABLE CONSEJO DIRECTIVO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS QUÍMICAS DECLARA:
Su profunda preocupación en relación a los alcances del mencionado decreto, considerando que:
-La venta de medicamentos en establecimientos no habilitados como farmacias es sanitariamente peligroso.
-El almacenamiento, manipulación, conservación y dispensación de medicamentos requieren del respaldo y asesoramiento de un/a profesional farmacéutico/a.
-La venta desregulada de medicamentos fomenta entre otros aspectos: automedicación irresponsable, problemas de dependencia, intoxicaciones, interacciones negativas con otros medicamentos e incluso su consumo excesivo.
-Si bien en la Provincia de Córdoba el decreto mencionado no tendrá validez en virtud de la Ley Provincial N°8302 y su Decreto Reglamentario 175/1994 ratificado por Resolución Legislativa N°3897/2024, constituye un antecedente normativo que posiciona al medicamento como un bien meramente comercial.
-La venta desregulada de medicamentos afecta la salud de la comunidad al debilitar el rol social y profesional de el/la farmacéutico/a.
-Como institución educativa vinculada directamente al área de salud promovemos, en la formación profesional, el uso racional y seguro de los medicamentos, así como la investigación y desarrollo para su producción.
Pablo Gabriel Manzo Marcelo Mario Mariscal
Secretario General Decano
Facultad de Ciencias Químicas Facultad de Ciencias Químicas
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