Rectificación de inscripción de Certificados: Laboratorios Poen y Federación Argentina de Cooperativas Farmacéuticas COOP. LTDA

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Disposición 1218/2018. ANMAT. Déjase sin efecto la Disposición: DI-2018-425-APN-ANMAT#MSYDS

Ciudad de Buenos Aires, 23/10/2018
Boletin Oficial de la Rep. Arg. ( Argentina )
VISTO el EX-2018-49027796-APN-DGA#ANMAT correspondiente al Registro de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT); y

CONSIDERANDO:

Que por dichas actuaciones la firma LABORATORIOS POEN S.A.C.I.F.I. solicita la rectificación de la Disposición: DI-2018-425-APN-ANMAT#MSYDS en lo referente a los certificados inscripto en el Registro de Especialidades Medicinales (REM) Nros. 9107 y 9161.

Que en el referido acto administrativo, por un error involuntario, se canceló la inscripción de los Certificados Nros. 9107 y 9161 por incumplimiento al artículo 7° de la Ley N° 16.463.

Que la firma titular de registro acreditó, en el presente expediente, los Certificados mencionados con su reinscripción en los términos del artículo 7° de la mencionada Ley; documentación que no obraba en nuestros registros.

Que por lo expuesto corresponde subsanar el error material de la Disposición: DI-2018-425-APN-ANMAT#MSYDS en lo referente a los Certificados Nros. 9107 y 9161 en los términos del Artículo 101 del Reglamento de Procedimiento Administrativo, Decreto Nº 1759/72 (t.o. 2017).

Que la Dirección de Gestión de Información Técnica ha tomado intervención de su competencia.

Que se actúa en virtud de las facultades conferidas por los Decretos Nº 1490 de fecha 20 de agosto de 1992 y 101 del 16 de diciembre de 2015.

Por ello;

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Déjase sin efecto la Disposición: DI-2018-425-APN-ANMAT#MSYDS en lo referente a los Certificados Nros. 9107 y 9161, cuya titularidad corresponde a la firma LABORATORIOS POEN S.A.C.I.F.I. por encontrarse vigente.

ARTÍCULO 2º.- Regístrese; gírese a la Dirección de Gestión de Información Técnica a sus efectos. Dése a la Dirección del Registro Oficial para su publicación; cumplido; archívese. Carlos Alberto Chiale

e. 26/10/2018 N° 80750/18 v. 26/10/2018

Disposición 1216/2018. ANMAT. Déjase sin efecto la Disposición: DI-2018-425-APN-ANMAT#MSYDS en lo referente a los Certificados Nros. 55.538 y 55.596
DI-2018-1216-APN-ANMAT#MSYDS
Boletin Oficial de la Rep. Arg. ( Argentina )
Ciudad de Buenos Aires, 23/10/2018

VISTO el EX-2018-50191667-APN-DGA#ANMAT correspondiente al Registro de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT); y

CONSIDERANDO:

Que por dichas actuaciones la firma FEDERACIÓN ARGENTINA DE COOPERATIVAS FARMACÉUTICAS COOP. LTDA. solicita la rectificación de la Disposición: DI-2018-425-APN-ANMAT#MSYDS en lo referente a los certificados inscripto en el Registro de Especialidades Medicinales (REM) Nros. 55.538 y 55.596.

Que en el referido acto administrativo, por un error involuntario, se canceló la inscripción de los certificados mencionados en el considerando precedente, por incumplimiento al artículo 7° de la Ley N° 16.463.

Que la firma titular del registro acreditó, en el presente expediente, la reinscripción de los certificados en cuestión, en los términos del artículo 7° de la mencionada Ley; documentación que no obraba en nuestros registros.

Que por lo expuesto corresponde subsanar el error material de la Disposición: DI-2018-425-APN-ANMAT#MSYDS en lo referente a los Certificados Nros. 55.538 y 55596 en los términos del Artículo 101 del Reglamento de Procedimiento Administrativo, Decreto Nº 1759/72 (t.o. 2017).

Que la Dirección de Gestión de Información Técnica ha tomado intervención de su competencia.

Que se actúa en virtud de las facultades conferidas por los Decretos Nº 1490 de fecha 20 de agosto de 1992 y 101 del 16 de diciembre de 2015.

Por ello;

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Déjase sin efecto la Disposición: DI-2018-425-APN-ANMAT#MSYDS en lo referente a los Certificados Nros. 55.538 y 55.596, cuya titularidad corresponde a la firma por encontrarse vigente.
ARTÍCULO 2º.- Regístrese; gírese a la Dirección de Gestión de Información Técnica a sus efectos. Dése a la Dirección del Registro Oficial para su publicación; cumplido; archívese. Carlos Alberto Chiale

e. 26/10/2018 N° 80491/18 v. 26/10/2018


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