Atentos a la inquietud de muchos centros e investigadores sobre los requerimientos administrativos que deben cumplimentarse en relación a la importación de sustancias psicoactivas con fines de investigación científica básica, se recuerda que tanto el establecimiento científico como el investigador, deben inscribirse previamente ante la DIRECCIÓN DE VIGILANCIA DE SUSTANCIAS SUJETAS A CONTROL ESPECIAL (DVSSCE). Los requerimientos son: 1. REGISTRO DE LOS ESTABLECIMIENTOS CIENTÍFICOS Debe presentarse la siguiente documentación: Copia del dictamen (Resolución, Disposición u otro) del organismo investigador donde conste la misión, función y procedimientos del/de los establecimientos / institutos / centros de investigación científica, etc. Declaración de cumplimiento de los requisitos normativos correspondientes al trabajo con animales de experimentación, y aclaración acerca de que la investigación no involucra estudios en seres humanos. Detalle exhaustivo de las sustancias / material vegetal utilizado (si se trata de la totalidad de la planta, sus partes o distintas formas farmacéuticas en que se encuentre) u otros materiales con las que se realizará la investigación. Cantidades aproximadas de las sustancias, materiales vegetales u otros que se prevé solicitar anualmente para el desarrollo de la investigación. Pago del arancel correspondiente. 2. REGISTRO DEL INVESTIGADOR RESPONSABLE DEL PROYECTO Los farmacéuticos, bioquímicos, químicos, licenciados en química, ingenieros químicos, biólogos o profesionales de otras áreas científicas (a ser evaluados por esta Dirección) responsables de la investigación científica para la cual se solicita la autorización de importación de sustancias sujetas a control especial, deben presentar la siguiente documentación, según corresponda: Designación oficial del investigador (Disposición u otro) o nota de la designación del responsable técnico nombrado por la más alta autoridad del Centro de Investigación. Presentación oficial del investigador responsable de la institución científica, mediante nota formal firmada por la/s máxima/s autoridades, dirigida a la Directora de la DVSSCE, en la que se debe especificar: Lugar en el que se realizará la investigación (nombre completo del centro -dentro de la institución-, dirección exacta, piso, sector, ala del edificio, etc.) Propósitos de la investigación. Línea de investigación, proyecto, etc. Objetivos generales Descripción del proyecto (por ejemplo, si se trata de estudios “in vivo”, “in vitro”) Cronograma de la investigación. Permiso al investigador para el estudio y experimentación en modelos animales, utilizando sustancias sujetas a control especial, otorgado por el centro de investigación. Nota formal dirigida a la Directora de la DVSSCE fechada, firmada y sellada por el investigador responsable técnico de la institución científica, en la conste: Su responsabilidad en cuanto al manejo de las sustancias sujetas a control especial. Aclaratoria exhaustiva de la/las sustancia/s, el material vegetal u otros, en todas las formas farmacéuticas) con las que realice la investigación. Responsabilidad del uso y guarda de las sustancias controladas con las que realizará el/los trabajo/s de investigación, especificando la conservación de éstas en lugar segregado y bajo llave. Matrícula nacional vigente o constancia de hallarse en proceso de rematriculación (original y copia) o copia de título profesional (original y copia). DNI vigente (original y copia).
11 de Julio de 2017