
ANMAT informa que los titulares de especialidades medicinales que contengan Ingredientes Farmacéuticos Activos (IFAs), los cuales comienzan a ser trazados a partir de la fecha conforme lo establecido en el Anexo II de la Disposición Nº 6223/2025, y que no se encontraban alcanzados por la Disposición Nº 10564/2016, deberán remitir la siguiente información al correo electrónico trazabilidad6223@anmat.gob.ar (*)
Esta acción permitirá garantizar la disponibilidad y consistencia de la información, y asegurar una implementación ordenada y eficiente del nuevo esquema de trazabilidad, fortaleciendo así los mecanismos de fiscalización sanitaria.
La presentación deberá realizarse mediante nota con membrete de la empresa, firmada por el apoderado legal y el director técnico, e incluir los siguientes datos:
- Nombre comercial de la(s) especialidad(es) medicinal(es) que inician la trazabilidad a partir del 7 de noviembre de 2025.
- GTIN correspondiente a cada una de las presentaciones.
- Número(s) de lote(s) a partir del/de los cual(es) se implementa la trazabilidad.
(*) Nota: el correo electrónico indicado se encuentra habilitado exclusivamente para el envío de la información solicitada. Para la formulación de consultas sigue vigente el canal habitual: trazabilidad@anmat.gob.ar.
