Se aprobó la Ley de Prevención y Control de la Resistencia a los Antimicrobianos

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En el día de ayer se aprobó por unanimidad en el Senado de la Nación la Ley de Prevención y Control de la Resistencia a los Antimicrobianos.

El proyecto fue presentado por el senador Pablo Yedlin y fue elaborado con la participación activa de la Confederación Farmacéutica Argentina. “Los farmacéuticos estamos comprometidos en la lucha contra la resistencia antimicrobiana, trabajando en el marco de Una Salud para su prevención y control”, destacó la Farm. Liliana Nogueras, asesora de la COFA.

Entre otros puntos, la ley dispone la creación de un plan de acción nacional para la prevención de la RAM, y que “la condición de expendio de todas las especialidades medicinales cuyo ingrediente farmacéutico activo (IFA) tenga actividad antimicrobiana sistémica debe ser la de ‘venta bajo receta archivada”, reforzando la normativa vigente.

El proyecto “básicamente toca tres ejes temáticos -explica el legislador-: el manejo y la gestión en instituciones de salud. La gestión de prescripción, dispensa y presentaciones de antimicrobianos en forma ambulatoria, y la gestión de antimicrobianos en la agricultura y la ganadería”.

Entre otros puntos, se declara de interés público la prevención y el control de la RAM, actualizando el plan nacional.

Yedlin sostiene: “Modificamos la Ley de Ejercicio de la profesión y de la prescripción, para que cuando la prescripción incluya algún antimicrobiano sistémico, se deba registrar el diagnóstico. Además, se va a prohibir toda forma de anuncio al público de especialidades medicinales que tengan antimicrobianos sistémicos”.

La iniciativa viene con una modificación en el artículo 13 que establece: “Las presentaciones destinadas a la promoción sin valor comercial, muestras gratis, muestras para profesionales o cualquier otra denominación abarcativo de los medicamentos que incluyan Ingredientes Farmacéuticos Activos (IFA), que tengan actividad antimicrobiana sistémica, solamente pueden ser entregados a los pacientes bajo receta del profesional médico que autoriza su entrega, en cantidad suficiente para tratamiento completo y en un solo envase”.

También está en la  ley que las presentaciones que tengan antimicrobianos sistémicos como componente farmacológico activo deban mantener concordancia con las dosis, los intervalos de dosis y la duración del tratamiento. “Esto es para intentar que los tratamientos se cumplan en forma completa y que no sobren dosis”.

Para medicamentos que cuenten con más de una indicación, se deberán considerar dosis, intervalos y duración de tratamiento para cada una de las indicaciones, tanto en uso pediátrico como para adultos.

Los envases de antimicrobianos van a tener un etiquetado que defina la autoridad pero que básicamente advierta el riesgo de que esta medicación aumenta la RAM”.

En el ámbito hospitalario, el proyecto promueve la implementación de programas de prevención y control de Infecciones asociadas al cuidado de la salud (IACS)  en instituciones sanitarias y la vigilancia de las infecciones asociadas a centros de salud, a las unidades de cuidados intensivos.

También fortalece la implementación de sistemas de evaluación periódica de la prevalencia de IACS en las instituciones sanitarias.

“La autoridad de aplicación fomentará la incorporación en las currículas de las carreras universitarias de grado y postgrado de Ciencias de la Salud y vinculadas a los sectores sanitarios, veterinarios, ambientales y de prácticas agrícolas”.

El proyecto también fija que los programas de calidad institucional de control de infecciones y diseños de protocolos de desinfección, esterilización de materiales y superficies sanitarias sean tenidos en cuenta como parte de las habilitaciones categorizantes.

La CONACRA – organismo interdisciplinario de asesoramiento técnico- adquirirá rango de ley para garantizar su continuidad.

En cuanto a salud animal y producción agroalimentaria, “deberá regularse y promoverse el uso racional y prudente de los antimicrobianos a través de sus organismos competentes” y que “se eliminará gradualmente el uso de antimicrobianos como promotores de crecimiento en animales para consumo humano”.

El SENASA mantendrá la lista de antimicrobianos prohibidos para este uso.

Entre otros puntos, se propone instituir el 21 de junio de cada año como Día Nacional del Uso Responsable de Antibióticos y el 9 de noviembre como Día Nacional de la Prevención de IACS, con el objetivo de promover la prevención, vigilancia y control de IACS y la educación a la población en la importancia de esta problemática.

“La ley es de orden público, con lo cual es de cumplimiento obligatorio por todas las provincias”.

En los próximos días la ley deberá ser reglamentada para su aplicación efectiva.


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