La disposición 6921/2018, prohibió “el uso y comercialización en todo el territorio nacional de todas las especialidades medicinales que contengan Cantaxantina como Ingrediente Farmacéutico Activo (IFA), en todas sus formas farmacéuticas, concentraciones y presentaciones”. La Cantaxantina es colorante de alimentos que se emplea, entre otras cosas, para dar color a ciertos medicamentos y cosméticos, para algunos tratamientos médicos y para obtener un bronceado artificial.
La Anmat establece que este producto ha producido efectos adversos y conlleva riesgos de salud. Aquellos laboratorios que tengan esta sustancia deberán retirar todas las unidades que sean alcanzadas por esta medida en un plazo de 90 días.