Circular PAMI: Medicamentos especiales, atención a personas con diabetes y modelos de recetas médicas

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MEDICAMENTOS ESPECIALES (ONCOLÓGICOS, INMUNOSUPRESORES, ANTIRETROVIRALES)

Desde el 15/12/2016, las Agencias y UGLs de PAMI son las únicas autorizadas para administrar las solicitudes de medicamentos especiales ¿Cómo tramitar los medicamentos especiales? 1. El Médico prescribe la medicación. 2. El afiliado presenta en su Agencia o UGL la receta original y una copia, junto con sus estudios. 3. Una vez presentada la documentación, PAMI autoriza el medicamento. IMPORTANTE: este paso NO es automático. PAMI realiza una auditoría y luego resuelve la autorización. El afiliado debe concurrir a la Agencia/UGL para saber si el medicamento está autorizado. 4. Una vez autorizado el medicamento, el farmacéutico verá en el sistema la autorización. A partir de ese momento, el afiliado podrá ir a la farmacia, presentar la receta y retirar el medicamento.

PACIENTES CON DIABETES

Todos los afiliados con diabetes deben visitar a su Médico de Cabecera antes del 31/05/2017 para actualizar los datos de su diagnóstico en el padrón y continuar recibiendo su medicación e insumos con el 100% de cobertura. IMPORTANTE: La actualización del diagnóstico la realiza el Médico de Cabecera de forma rápida y sencilla con los últimos estudios realizados por el paciente (glucemia en ayunas y medición de hemoglobina glicosilada).

RECETAS

Se extendió la prórroga para utilizar la receta manual verde hasta el 31/05 A partir de junio, las únicas recetas válidas para la dispensa son: • Receta electrónica (blanca) o, en su defecto, • Receta manual celeste (activada a través del Circuito de Identificación de Talonarios – CIT). Las nuevas medidas de seguridad permiten identificar los emisores de las mismas. Por lo tanto, se facilita el rastreo de abusos y de usos indebidos de las recetas y se garantiza la validez de las mismas al momento de la dispensa.

Para ver la Circular completa: Farmacias Novedades Abril


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