La responsable del Departamento Integral del Medicamento, Cristina Collino, explicó que en la provincia había una resolución general sobre habilitaciones de farmacias y droguerías, y apuntó que “con el ministro de Salud, Hugo Cettour, vimos la necesidad de incorporar elementos más específicos al texto legal para la habilitación sanitaria de establecimientos que comercialicen productos médicos que requieran ser esterilizados, como es el caso de las prótesis”.
Manifestó que la iniciativa, contenida en la Resolución Nº 2737, “contribuye a la seguridad” en relación a los productos esterilizados o prótesis que son comercializados en la provincia, y explicó que a partir de ahora también se requerirá habilitación sanitaria a los establecimientos que ofrezcan productos médicos, en particular los de uso único o descartable, implantables y para diagnóstico de uso in vitro, lo que implica que esos establecimientos deberán transformarse en droguerías. “De esta manera la provincia garantiza un seguimiento profesional a todo material, artículo o sistema de uso o aplicación médica, odontológica o laboratorial, destinada a la prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación en seres humanos a fin de poder garantizar que salgan de un laboratorio habilitado, reúnan todos los requisitos y sea un producto autorizado”, explicó Collino.
Agregó que se trata de “una garantía de calidad necesaria ya que muchos de esos productos son introducidos en el organismo y requieren una serie de condiciones para poder garantizar que van a cumplir el fin buscado, esto es la salud o el mejoramiento de la calidad de vida del paciente”.
NORMATIVA. La medida se encuentra en concordancia con las leyes provincial y nacional y las disposiciones de la Anmat,dijo Collino y agregó que Entre Ríos se encuentra entre las primeras jurisdicciones que trabajan de esta manera para “garantizar que el paciente reciba un producto aprobado y que en toda su cadena de comercialización reúna las características necesarias para asegurar que se mantiene la calidad original con la cual fue elaborado”.
Indicó que la habilitación sanitaria es jurisdiccional y que la resolución da cuenta de cuatro anexos que incluyen requisitos para la habilitación/traslado de droguerías de medicamentos, especialidades medicinales, medicamentos para uso veterinario, productos de higiene y tocador, sanitarios, dietoterápicos, fitoterápicos y suplementos nutricionales; requisitos para la habilitación/traslado de droguerías fraccionadoras; requisitos para la habilitación/traslado de droguerías de productos médicos y requisitos para la habilitación/ traslado de droguerías de gases medicinales.
La resolución otorga 180 días de plazo para que los establecimientos que comercializan productos médicos se vayan adaptando. Recordó asimismo que en la provincia ya se emitió texto legal con esta nueva resolución, es decir droguerías habilitadas a comercializar productos médicos, y ya se encuentran prontos a ser habilitados otros establecimientos. Al respecto, Collino valoró “la buena predisposición” de los propietarios de los establecimientos que comercializan productos médicos y apuntó que “la innovación se dio en el marco de una restructuración en pos de la calidad de los productos y la comercialización para toda persona que necesite prótesis o cualquier producto que vaya a ser utilizado para la salud y no sea un medicamento. De esta manera, se asegura que los productos estén en buenas condiciones y hayan seguido una cadena legal de comercialización”
Fuente: El Diario de Paraná