El pasado 26 de julio se firmó un Acta Acuerdo entre el PAMI y la Industria Farmacéutica en el que se convino el pago de la deuda que el Instituto mantiene en el convenio de provisión de medicamentos y al mismo tiempo se establecieron las condiciones en las que PAMI abonará las prestaciones regulares a partir de la prestación del mes de julio.
Este Acta fue a su vez acompañada de otros cuatro documentos posteriores, que se desprenden de su contenido original complementando el sentido del acuerdo, todo lo cual ha merecido una necesaria y atenta lectura desde la Confederación para su debida interpretación.
Los acuerdos mencionados son marcadamente técnicos y establecen los formatos de pago de deuda y prestación regular entre el PAMI y la Industria, lo cual no puede extraerse de ellos una referencia inmediata y en reflejo de lo que serán los pagos de la Industria a las farmacias a través de sus entidades tanto de deuda como de prestación regular, por tal motivo el texto merece un análisis interpretativo que es el que presentamos a vuestro conocimiento.
Por lo antes expresado es que hemos demorado unos días la información ya que creemos que la puesta en conocimiento de las farmacias del mero texto del Acuerdo y sus documentos complementarios puede llevar más confusión que claridad, y es en ese entendimiento que presentamos nuestro análisis comentado que creemos aporta un mayor nivel de comprensión de este por sí complejo proceso.
Analisis Comentado del Acuerdo PAMI-Industria