Los comercios minoristas deberán informar semanalmente a la AFIP el detalle diario de las cantidades de mercadería vendidas y el precio unitario, como parte del nuevo régimen de operaciones que dispuso el organismo, y que alcanza a la emisión de comprobantes mediante la utilización de controladores fiscales.
La medida se adoptó a través de la resolución general 3580, publicada en el Boletín Oficial.
Mediante el nuevo régimen, los sujetos deberán informar las cantidades vendidas y el precio unitario facturado, correspondientes a cada día, de un conjunto de productos incluidos en el micrositio www.afip.gob.ar/operacionesminoristas. La información deberá incluir un detalle diario y ser remitida con frecuencia semanal. En los considerandos de la medida se recuerda que desde el 1º de abril próximo rige la modificación dispuesta sobre el régimen de emisión de comprobantes mediante controladores fiscales.
Fuente: Diario La Capital